En la Gaceta Oficial No 42.952 del 29 de agosto de 2024, se emitió una orden que limita la circulación de los billetes del "Bolívar Soberano" en valores de Bs. 10.000, Bs. 20.000, Bs. 50.000 y Bs. 200.000 hasta el 25 de septiembre de 2024, después de lo cual perderán su poder liberatorio.
De acuerdo con la regulación, los billetes y monedas de valor igual o inferior a Bs. 200.000 emitidos por el Banco Central de Venezuela (BCV), que forman parte del cono monetario denominado "Bolívar Soberano", serán aceptados para ser depositados en las instituciones bancarias del país hasta las 3 de la tarde del 30 de septiembre de 2024.
Las entidades financieras en el país que tengan billetes y monedas del cono monetario "Bolívar Soberano" de cualquiera de las denominaciones mencionadas anteriormente, deben actuar de acuerdo con lo establecido en el reglamento sobre la acuñación, impresión, emisión, circulación, canje y destrucción de especies monetarias.
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